El Congreso de Nuevo León aprobó por unanimidad armonizar el Código Penal estatal con la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, mediante la derogación del artículo 395 y la incorporación de nuevas disposiciones para sancionar las amenazas utilizadas con fines de lucro.
El dictamen de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, fue presentado al pleno por el presidente de dicho órgano legislativo, Javier Caballero Gaona; el documento integra seis expedientes legislativos presentados por las bancadas del PAN, PRI, Morena, PT y Movimiento Ciudadano, relacionados con distintas modalidades de extorsión y la adecuación de la legislación local al nuevo marco jurídico nacional.
Entre las conductas consideradas en las iniciativas se encuentran los denominados “montachoques”, en los que presuntos responsables provocan o simulan accidentes viales para exigir dinero a otros conductores, así como el secuestro virtual mediante llamadas telefónicas y mecanismos de intimidación psicológica.
Las propuestas fueron presentadas por los diputados panistas Ignacio Castellanos Amaya y Miguel Ángel García Lechuga; el priista Heriberto Treviño Cantú; el morenista Jesús Elizondo Salazar; la petista Guadalupe Rodríguez Martínez, y la emecista Sandra Pámanes Ortiz.
Reformas contra el delito de extorsión en Nuevo León
Además de las iniciativas para combatir esas modalidades delictivas, el dictamen incorpora planteamientos para incrementar las sanciones y homologar la legislación estatal con las disposiciones federales en materia de extorsión.
En el apartado jurídico, la comisión sustenta la reforma en el artículo 73, fracción XXI, inciso a), de la Constitución federal, que faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes generales en materia de extorsión.

En consecuencia, las entidades federativas deben adecuar sus ordenamientos penales conforme a las disposiciones y los artículos transitorios de la legislación general.
Uno de los cambios centrales consiste en reformar el artículo 291 del Código Penal de Nuevo León para ampliar los supuestos del delito de amenazas; la propuesta contempla sancionar a quien, por cualquier medio, incluidos los electrónicos y digitales, amenace con causar un daño a una persona, sus bienes o sus allegados.
Ajustes al Código Penal sobre la extorsión
También se incluyen las amenazas utilizadas para impedir el ejercicio de derechos o para obligar a alguien a realizar conductas delictivas; a estos supuestos se agrega una nueva fracción para sancionar a quienes recurran a la intimidación con el propósito de obtener un lucro o provecho para sí mismos o para un tercero.
En paralelo, el proyecto establece la derogación del artículo 395 del Código Penal estatal, que contiene el tipo penal local de extorsión, con el objetivo de evitar duplicidades y ajustar la legislación de Nuevo León al marco homologado de aplicación nacional.

El dictamen también incorpora disposiciones transitorias para atender la situación jurídica de las personas que estén sujetas a proceso o hayan sido sentenciadas conforme al artículo que se pretende derogar.
Bajo los principios constitucionales de legalidad, no retroactividad en perjuicio y aplicación favorable de la ley, se contemplan mecanismos de traslación del tipo penal y de las penas que correspondan.
De acuerdo con el proyecto, cuando exista una afectación patrimonial, deberá considerarse el régimen previsto en la Ley General en Materia de Extorsión; en los casos en que no se haya concertado un daño o provecho patrimonial, se establece la posibilidad de adecuar la sanción a las penas correspondientes al delito de amenazas, previsto en el artículo 291.
Finalmente, el decreto dispone que las reformas entrarían en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, por lo que la aprobación del dictamen permite adecuar el marco penal de Nuevo León a la normativa federal.
Para consultar los dictámenes y la actividad legislativa del Estado, puede visitar el portal del Congreso del Estado de Nuevo León