Garantizan una playa pública en Bacalar

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La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante acuerdo publicado este día en el Diario Oficial de la Federación (DOF), destinó al servicio del Municipio de Bacalar la superficie de 2 mil metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre, ubicada en calle Ibis, kilómetro 30+557 de la carretera Mahahual-La Casona, playa el Hipocampo, para uso de playa pública, recreación y esparcimiento.

Lo anterior, luego que el Municipio de Bacalar, Quintana Roo, mediante solicitud presentada el pasado 26 de noviembre de 2019, pidió se le destine la superficie descrita en el considerando anterior, para uso de playa pública, recreación y esparcimiento.

Para ello, mediante oficio No. MB/TM/141/IX/2019 de fecha 3 de septiembre de 2019, la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Bacalar, emitió la constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino.

Asimismo, la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros (Zofematac), emitió las opiniones técnicas No. SGPA-DGZFMTAC-DDPIF-42/2020 de fecha 18 de febrero de 2020, de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales y la No. SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-123/2020 de fecha 4 de marzo de 2020, por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, por lo que determinó que la solicitud realizada por el Municipio de Bacalar, cumplía técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente. Por lo anterior se determinó destinar dicha superficie para el goce y disfrute de todos.

Bacalar, que vive un auge turístico derivado de su atractiva Laguna de los Siete Colores, también cuenta con zona de playas por lo que, para evitar como ocurre con esta laguna, que prácticamente fue privatizada en toda su periferia, desde ahora garantizan una playa para la población.

Cabe mencionar, por último, dicho acuerdo únicamente confiere al Municipio de Bacalar, el derecho de usar la superficie destinada al cumplimiento del objeto señalado, y no transmite la propiedad ni crea derecho real alguno a favor del destinatario, en términos de lo dispuesto por la Ley General de Bienes Nacionales y demás ordenamientos jurídicos aplicables. En caso de que el Municipio de Bacalar diera a la superficie de zona federal marítimo terrestre que se destina, un aprovechamiento distinto, se retiraría de su servicio para ser administrado por la dependencia federal nuevamente.