Chihuahua.- A raíz de la sentencia emitidia por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declara la inconstitucionalidad de la norma penal que establece sanciones de 30 a 70 años por el delito de extorsión agravada, la presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Myriam Hernández Acosta, indicó que, más allá de estar a favor o encontra, se debe dar cumplimiento a los resolutivos del máximo tribunal.
Si ya se pronunció la corte en ese sentido evidentemente vamos a tener que platicar y va a haber una modifcación a las penalidades, podemos estar o no de acuerdo pero una resolución de la Corte nos obliga a todos a acatarla».
Consideró que para establecer las penalidades, el legislador deberá atender a las particularidadaes de cada tipo delictivo, pues no todos los ilícitos se ven inhibidos por penas corporales, sino con otros mecanismos.
Acosta Hernández manifestó que dependerá de la defensa de las personas sentenciados o sujetas a proceso por extorsión el interponer amparos contra las penas que se hayan aplicado en cada caso.
Según los datos de la Fiscalía General del Estado (FGE), actualmente hay 311 personas detenidas por el delito de extorsión en los diversos centros penitenciarios del estado, de quienes 200 ya cuentan con una sentencia y 111 están sujetos a un proceso penal.
De las personas sentenciadas, 72 compurgan penas de uno a 29 años, 107 de 30 a 70 años y 21 tienen una condena de prisión vitalicia que ya no puede ser aplicada en la entidad.
El criterio aprobado el miércoles por tres de los cinco ministros de la Primera Sala de la SCJN califica como excesiva la sanción de 30 a 70 años de prisión prevista en el segundo párrafo, fracción I, del artículo 204 Bis del Código Penal de Chihuahua.
El proyecto elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, resuelve resuelve que dicha sanción es desproporcionada si se compara con las penas previstas para otros delitos que protegen bienes jurídicos iguales como la paz, la seguridad de las personas y la inviolabilidad del domicilio.
El ministro reconoció que el legislador estableció “penas duras” para disminuir la incidencia del delito de extorsión agravada, que ha infringido un grave daño a las familias chihuahuenses y a la sociedad en general; sin embargo, consideró que la intención de desincentivar la comisión de dicho ilícito no puede llegar al extremo de establecer una pena de prisión desproporcionada, en relación con los márgenes de punibilidad y la política criminal instrumentada por el legislador para otros delitos.
Con información del el Diario